¿Qué es la Ley de Protección de Inquilinos de 2019?

La Ley de Protección de Inquilinos (Asamblea de Ley 1482) entró en vigencia el 1 de enero de 2020 y brinda nuevas protecciones sin precedentes para la mayoría de los inquilinos de California. La ley fue patrocinada por una amplia coalición de defensores de inquilinos en todo el estado.

  1. Los inquilinos están protegidos contra desalojos injustos.
  2. Los inquilinos están protegidos contra grandes aumentos de alquiler.

Protecciones contra desalojos injustos

Bajo la Ley de Protección de Inquilinos, los inquilinos elegibles están protegidos contra desalojos injustos. Esto significa que su arrendador debe tener una razón válida para desalojarlo, como se describe a continuación.

En caso de culpabilidad

  1. Falta de pago del alquiler.
  2. Incumplimiento de los términos esenciales de un contrato de arrendamiento que continúa después de una notificación por escrito del derecho de remediar la violación. Si el inquilino no remedia la violación, el arrendador puede realizar un aviso de terminación sin posibilidad de remedio.
  3. Mantener, cometer o permitir una molestia.
  4. Destrucción de propiedad o crear una molestia.
  5. No firmar un contrato de arrendamiento con términos similares después de la expiración de un contrato de arrendamiento.
  6. Actividad criminal en la propiedad, o actividad criminal o amenaza criminal dirigida a un propietario o administrador de la propiedad.
  7. Asignación y subarriendo en violación del contrato de arrendamiento.
  8. Negarse a proporcionar al propietario acceso a la unidad.
  9. Usar las instalaciones para un propósito ilegal.
  10. Incumplimiento por parte de un licenciatario, agente o empleado del propietario para desocupar después de la terminación de la relación.
  11. Si un inquilino no entrega la posesión de la unidad después de la fecha en que el inquilino notificara que se mudaría o después de que el propietario y el inquilino acordaran por escrito que el inquilino desalojaría la vivienda.

En caso de inocencia

  1. El propietario o pariente se mudan solo cuando el contrato de arrendamiento original o un nuevo contrato permite que un propietario o pariente se mude. El desalojo debe ser realizado por un propietario o el cónyuge, pareja de hecho, hijos, nietos, padres o abuelos del propietario.
  2. Retirar la unidad del mercado de alquiler.
  3. Cuando una agencia de la ciudad o del condado requiere que la unidad sea desocupada debido a condiciones inhabitables.
  4. Intención de demoler o remodelar sustancialmente una unidad. “Remodelación sustancial” significa el reemplazo o modificación sustancial de cualquier sistema estructural, eléctrico, de plomería o mecánico que requiera un permiso, o la eliminación de material peligroso, incluido plomo, moho o asbesto que no se pueda lograr de manera razonable con el inquilino en la unidad y para lo que sea necesario que el inquilino desaloje la unidad durante más de treinta días. Esto excluye las mejoras cosméticas por sí solas, que incluyen pintura, decoración y reparaciones menores, y cualquier trabajo que se pueda hacer de manera segura con el inquilino en la unidad.

Protecciones contra aumentos de alquiler injustos

Los inquilinos elegibles están protegidos contra aumentos de alquiler que superen el 10% en un período de un año o el costo de vida +5%, lo que sea menor. Esto a menudo se conoce como un “tope de alquiler” porque limita la cantidad que su arrendador puede aumentar legalmente su alquiler año tras año.

Si no está seguro de si su aumento de alquiler excede el límite establecido por la ley, nuestra calculadora de alquiler puede ayudarle a hacer los cálculos.